Términos y condiciones
1. Inviu
INVIU S.A.U. (en adelante, denominada indistintamente como “Inviu” o el “Agente”) es una sociedad anónima unipersonal debidamente inscripta y autorizada por la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”) para actuar como (i) Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación – Integral (Nro. 205 de la CNV), (ii) Agente de Colocación y Distribución de Fondos Comunes de Inversión (Nro. 17 de la CNV) y (iii) Agente de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión (Nro. 121 de la CNV), que ofrece (i) soluciones de tecnología en el ámbito del mercado de capitales con la extensión geográfica que admitan las normas de la CNV (según T.O. 2013 y sus modificatorias y complementarias, en adelante, las “Normas de la CNV”) para que tanto personas humanas como personas jurídicas (en adelante, denominados indistintamente como, el “Comitente” o el “Cliente”) puedan abrir su respectiva cuenta comitente de inversión (en adelante, la “Cuenta”) para la custodia de los fondos y los valores negociables que el Cliente entregue a Inviu o que resulten acreditados en su Cuenta para ser custodiados, en relación con la operatoria del Cliente y en los términos y condiciones de la normativa que es aplicable; (ii) el servicio de referenciamiento, el cual implica contactar al Cliente con otras instituciones financieras a efectos de realizar inversiones u otras actividades y, de corresponder, brindarle la asistencia necesaria para la apertura de una cuenta en las mismas; y (iii) el servicio de asesoramiento, el cual implica la recomendación realizada al Cliente acerca de la composición adecuada de su cartera de inversión, el cual será prestado por un agente regulado por la CNV vinculado comercialmente con Inviu y debidamente calificado para brindar dicho asesoramiento teniendo en cuenta la estrategia y el perfil de inversión del Cliente (en adelante, los “Servicios”).
Dicha relación se regirá por estos Términos y Condiciones Generales de Uso y Apertura de Cuenta, los Anexos detallados en la Cláusula 18 y demás políticas y principios incorporados a los mismos por referencia (en adelante, los “Términos y Condiciones”), los cuales el Cliente debe leer, entender y aceptar, previo a su registro como Cliente de Inviu. En cualquier caso, la utilización de los Servicios implica la aceptación por parte del Cliente de estos Términos y Condiciones. La no aceptación de los Términos y Condiciones impedirá el comienzo de la relación contractual entre Inviu y el Cliente.
Inviu podrá modificar los alcances del Servicio y/o de los presentes Términos y Condiciones, debiendo informar dicha circunstancia de forma expresa al Cliente por los medios electrónicos que Inviu considere sean lo más efectivos y eficientes posibles, siempre y cuando dichas modificaciones sean relevantes y sustanciales. La utilización de los Servicios por parte del Cliente en forma posterior a dicha modificación y/o comunicación se considerará una aceptación expresa y definitiva por parte del Cliente de las mencionadas modificaciones. Si el Cliente no estuviera de acuerdo con las modificaciones, podrá extinguir la relación contractual sin penalidad alguna, cumpliendo con el procedimiento previsto para ellos en los presentes Términos y Condiciones.
Cualquier Cliente que no acepte estos Términos y Condiciones, no podrá utilizar los Servicios, no dando comienzo a la relación contractual entre las partes. La aceptación de los Términos y Condiciones supone el inicio de la relación contractual entre el Cliente e Inviu, la que solamente quedará sin efecto en caso de que operen cualquiera de los mecanismos previsto para la terminación de los presentes Términos y Condiciones, tanto aquí como en las normas que resulten de aplicación. En caso de terminación de la presente relación contractual, Inviu procederá al inmediato cierre de la Cuenta del Cliente.
2. Capacidad
Sólo podrán solicitar la apertura de su respectiva Cuenta las personas humanas mayores de edad que tengan capacidad legal para contratar y aquellas personas jurídicas que no tengan restricciones estatutarias que lo impidan, por medio de sus representantes, cuenten con suficientes facultades para representarla y contratar en nombre de ella, acreditándolo a satisfacción de Inviu.
3. Registro y Cuenta
Registro
Para solicitar la apertura de una Cuenta, el Cliente deberá completar el formulario de registro (en adelante, el “Formulario”) provisto por el Agente con todos los datos que le sean requeridos. Al completarlo, el Cliente se compromete a hacerlo de manera exacta, precisa y verdadera, y a mantener sus datos siempre actualizados. El Cliente será el único responsable de la certeza de sus datos de registro y mantendrá indemne al Agente de cualquier daño o perjuicio sufrido por éste como consecuencia de la información incorrecta que fue proporcionada. Sin perjuicio de la información brindada en el Formulario, en todo momento Inviu podrá solicitar y/o consultar información adicional para corroborar la identidad del Comitente. El Cliente reconoce que toda la información provista en el Formulario reviste el carácter de declaración jurada. Cualquier dato o documento ya sea este personal, laboral, económico u otro, aportado por el Cliente, apoderado u otros, así como su contenido solicitado al momento de la apertura de la cuenta se entenderá vigente y válido salvo notificación en contrario del Cliente a Inviu en forma escrita. Asimismo, el Cliente se obliga a comunicar a Inviu dentro de los 3 días hábiles de producida (salvo que cualquier norma o disposición específica de los presentes Términos y Condiciones establezcan lo contrario) cualquier modificación producida a la información provista originalmente en el Formulario, reconociendo y aceptando que dicha obligación es de carácter sustancial.
Inviu se reserva el derecho de rechazar una solicitud de apertura de Cuenta sin que tal decisión genere para el Cliente derechos de indemnización o resarcimiento alguno.
El Cliente acepta que el correo electrónico informado y vinculado a su Cuenta en el Formulario será la vía principal de comunicación con el Agente, y le otorga validez fehaciente y vinculante a toda comunicación que Inviu le pueda llegar a enviar por ese medio.
El Cliente, en su carácter de titular de los datos personales brindados en el Formulario (en adelante, los “Datos Personales”), presta su expreso consentimiento para que Inviu pueda confrontar sus Datos Personales y/o los de sus personas vinculadas con la base de datos del Registro Nacional de la Persona (el “RENAPER”), conforme a las siguientes especificaciones: a) el presente consentimiento para el tratamiento de los Datos Personales del Cliente y/o sus personas vinculadas, alcanza a los incluidos en su Documento Nacional de Identidad (en adelante, el “DNI”) conforme con lo que informa el web service del RENAPER; y b) los datos serán tratados con la exclusiva finalidad de validar la identidad del Cliente y/o de sus personas vinculadas, y verificar la vigencia de su DNI.
El Cliente reconoce que Inviu es considerado un “sujeto Obligado” ante la Unidad de Información Financiera (en adelante, la “UIF”), conforme el Art. 20 de la Ley 25.246 y la Resolución UIF N° 78/2023 y modificatorias. En función a ello, y en cumplimiento de las regulaciones vigentes en materia de Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo (en adelante, “PLD/FT”), Inviu se encuentra obligado a recabar cierta información y/o documentación de los Clientes, la cual deberá mantenerse actualizada, para dar cumplimiento a procesos de identificación, verificación, conocimiento y monitoreo de los mismos y su operatoria, que podrá variar, de acuerdo con la actividad del Cliente y los Servicios que el Cliente utilice.
En función de ello, el Cliente se compromete a proporcionar la información o documentación que le sea requerida por Inviu a efectos de dar estricto cumplimiento a las Leyes N° 25.246 y N° 26.268 sobre PLD/FT, y sus modificatorias, Res. UIF 78/2023 y modificatorias y disposiciones reglamentarias.
El Cliente reconoce y acepta expresamente que Inviu podrá compartir los legajos de información y documentación del Cliente a otras sociedades del mismo grupo económico y/o a cualquier autoridad competente que así lo solicite, a fines de dar cumplimiento a obligaciones regulatorias de conocimiento del Cliente, de conformidad con lo dispuesto en la ley 25.246 y la Resolución UIF 78/2023 y complementarias y modificatorias. Asimismo, reconoce y acepta expresamente que Inviu comparta su información y/o documentación con cualquier socio comercial con el cual tenga un acuerdo o contrato, y resulte participante necesario para las operaciones del Cliente.
Asimismo, se deja en claro que ningún Cliente podrá registrarse si él y/o cualquiera de sus accionistas, subsidiarias, directores, funcionarios, empleados o agentes, es una persona jurídica propiedad de, o controlada por; o una persona física con vínculo de parentesco o afinidad con personas que se encuentren; (i) sujetas a Sanciones o (ii) situadas en, constituidas en, o residentes de, un país o territorio que sea sujeto a Sanciones, o cuyo gobierno esté en listas negras de organismos internacionales de PLA/FT. Para efectos de esta cláusula, se entenderá por “Sanciones” a: las restricciones o prohibiciones en la capacidad de participar en negocios y otras actividades económicas con ciertos países, regiones, personas o entidades, o cualquier medida gubernamental emitida con el fin de privar a una entidad (incluyendo individuos, corporaciones, territorios, países, etc.) de activos financieros y económicos con el fin de contrarrestar e intentar reducir el comportamiento que amenace la seguridad nacional o internacional, o contravenga el derecho internacional. En particular, serán rechazados como Clientes o suspendidos temporal o definitivamente, rescindiéndose los presentes Términos y Condiciones total o parcialmente, quienes se encuentren incluidos en las Listas de Sancionados de la OFAC (Office of Foreign Assets Control de Estados Unidos) y listas de terroristas de las Naciones Unidas (UN), así como en cualquier lista de personas bloqueadas, quedando prohibida el registro del Cliente o utilización de los Servicios en los mencionados territorios o jurisdicciones sancionadas.
Tampoco podrán registrarse como Clientes las personas humanas o jurídicas sobre las que Inviu disponga de información de la que surja que pueden estar relacionadas con actividades de naturaleza delictiva, especialmente aquellos presuntamente vinculados a delitos precedentes al lavado de activos, financiamiento del terrorismo o la proliferación de armas de destrucción masiva.
En virtud de lo previsto en la presente cláusula, Inviu se reserva el derecho de cancelar o suspender, temporal o definitivamente una Cuenta ya existente, sin que tal decisión genere para el Cliente derechos de indemnización o resarcimiento alguno, cuando: (i) se detecten incongruencias o inconsistencias en la información y/o documentación provista por un Cliente, o actividades inusuales o sospechosas del Cliente en materia de PLD/FT o de fraude; (ii) el Cliente no proporcione o no actualice en tiempo y forma la información y/o documentación requerida por Inviu; (iii) el Cliente se encuentre sujeto a Sanciones, o situado en, constituido en, o residente en, un país o territorio sujeto a Sanciones, con el alcance previsto en esta cláusula; (iv) el Cliente estuviese o pudiese estar relacionado con actividades de naturaleza delictiva, según lo previsto en esta cláusula; (v) el Cliente efectuare operaciones prohibidas por la normativa vigente o infringiere las condiciones de uso de su Cuenta; o (vi) el Cliente utilizase la Cuenta con fondos y/o activos que no fueran de su propiedad cuando ello no fuera propio de su actividad.
La Cuenta
La Cuenta tiene un único número identificatorio bajo el cual se registran todas las operaciones y movimientos, originadas o derivadas de ellas, realizadas por el Comitente con intervención del Agente con ajuste a las Normas de la CNV.
El Cliente reconoce que la Cuenta es personal, única e intransferible, por lo que entiende que bajo ningún concepto el Comitente podrá venderla o cederla, temporal o permanentemente, de forma alguna a otra persona. Se accede a ella con la clave personal de seguridad que haya elegido y que deberá mantener bajo estricta confidencialidad. Por eso, el Cliente será el único responsable por las operaciones que se realicen en su Cuenta y en caso de detectar un uso no autorizado de su Cuenta, deberá notificar de forma inmediata y fehaciente al Agente a fin de que pueda adoptar las medidas que correspondan. El Cliente será responsable por las operaciones realizadas en la Cuenta hasta la comunicación del uso no autorizado a Inviu. Únicamente el Titular o sus representantes legales o voluntarios que hayan acreditado su calidad de tal ante Inviu presentando la documentación necesaria y suficiente a juicio de Inviu, podrán realizar actos constitutivos, dispositivos, modificativos, de afectación o extintivos, así como retirar fondos y solicitar información sobre la Cuenta.
Para el caso de Cuentas con más de un titular, salvo que el Cliente indique lo contrario, se entenderá que cualquiera de ellos puede operar, instruir y enviar órdenes en representación de todos, aplicables a la totalidad de los activos/fondos, y pudiendo asimismo confirmar las operaciones en representación de todos, en caso de corresponder, siendo que todo lo realizado por cualquiera de los titulares será obligatorio para todos y todos serán responsables solidariamente frente a Inviu de corresponder.
Sin perjuicio de lo expuesto, en ningún caso podrá un titular solicitar la baja de la Cuenta de otro cotitular sin el expreso consentimiento de éste. Sin perjuicio de lo anterior, Inviu siempre podrá solicitar la firma de todos los titulares de la Cuenta, circunstancia que el Cliente desde ya reconoce y acepta. En caso de existencia de dos o más titulares de la cuenta, salvo que se establezca otra proporción, se entenderá que los activos que integran la misma pertenecen por partes iguales a todos ellos.
En caso de que en cualquier momento el Agente recibiera dos o más instrucciones contradictorias entre sí de cualquiera de los titulares, Inviu no estará obligado a cumplir con ninguna de ellas, lo que comunicará a los titulares de la Cuenta. Si dentro de un plazo de 3 días hábiles el Agente no recibiera una instrucción conjunta en donde se indique como proceder, Inviu podrá suspender la Cuenta hasta que se le indique de parte de todos los titulares conjuntamente la forma de proceder, o en su caso, hasta que exista una orden del juez sobre tal cuestión.
Asimismo, en caso de cuentas con varios titulares donde uno de ellos fallezca o sea declarado incapaz, el Agente podrá (pero no estará obligado a) requerir si así lo considera necesario, la instrucción conjunta de todos los titulares para operar.
El Cliente podrá consultar sus movimientos y saldos de tenencias de su Cuenta mediante el “Portal Único de Contacto” de Caja de Valores en el sitio web https://inversor.sba.com.ar y/o desde el sitio web y/o aplicación móvil que le ofrece Inviu, o cualquier otro medio que Inviu ponga a disposición discrecionalmente en el futuro.
4. Alcances del Servicio
En el marco de los presentes Términos y Condiciones Inviu le ofrece a sus Clientes operar en:
○ el Mercado Local, mediante instrucciones específicas e individuales impartidas por el Cliente para la concertación y/o liquidación de todo tipo de operaciones en el ámbito del mercado de capitales con la extensión geográfica que admitan las Normas de la CNV como así también para la suscripción y rescate de fondos comunes de inversión.
el Mercado Internacional, a través del convenio de referenciamiento suscrito entre Inviu y un Agente de Valores en Uruguay el cual le permitirá operar al Cliente en el mercado internacional a través de brokers internacionales de primer nivel.
5. Modo de instruir
5.1 Escrito
Las instrucciones específicas de inversión deberán detallar el tipo y cantidad de valores o activos a adquirir o vender, el precio máximo o mínimo de la operación, la forma de pago de estos, y el plazo de validez de la orden en la forma escrita que se indique. En caso de que se omita mencionar algunos de dichos aspectos, se entenderá que se concede a Inviu la facultad de decidir por cuenta, orden y riesgo del Cliente, las referidas condiciones, conforme a los usos y costumbres. Inviu podrá negarse a cumplir las instrucciones recibidas de parte del Cliente. En ningún caso se generará responsabilidad de su parte, debiendo para ello comunicar la negativa dentro de las 24 horas de recibida la instrucción y por cualquier medio fehaciente. Las instrucciones dadas a Inviu serán válidas hasta tanto no sean revocadas por medio fehaciente, y siempre que las mismas no hayan sido ya efectivamente cumplidas, en cuyo caso, Inviu no será responsable por su cumplimiento. Los perjuicios que resulten de atraso, error o extravíos que se puedan producir en la transmisión de las instrucciones, son en cualquier caso de cargo del Cliente, y por lo tanto Inviu queda exonerado de responsabilidad por los perjuicios que la falla en estos medios de comunicación pueda causar, así como de los perjuicios que pueda sufrir el Cliente por haber proporcionado una instrucción inexacta, inadecuada o incorrecta.
5.2 Mandato de Administración Discrecional
En virtud de los presentes Términos y Condiciones, el Cliente podrá otorgar a favor de Inviu un mandato expreso para que esta última pueda ejercer la administración discrecional de toda la cartera de inversión del Cliente (en adelante, el “Mandato”).
A los efectos de que este Mandato, cuyos términos y condiciones se detallan a continuación, sea considerado debidamente otorgado y comience a surtir efectos entre las partes, el Cliente e Inviu deberán manifestar su expresa e inequívoca aceptación al mismo por cualquier medio que Inviu considere adecuado. En todo supuesto, Inviu se reserva el derecho a rechazar y/o denegar, a su sólo criterio y por cualquier medio, cualquier solicitud del Cliente al respecto.
En el marco del presente Mandato, Inviu adoptará las decisiones de inversión en nombre y en interés del Cliente, sin necesidad de contar con instrucciones específicas de él para cada operación en particular, comprometiendo sus mejores esfuerzos para buscar una combinación de rentabilidad y riesgo adecuada al perfil de riesgo del Cliente. Sin perjuicio de ello, el Cliente conservará las facultades de instruir en forma específica al Agente para que realice determinadas inversiones conforme a sus intereses, sin que se entienda derogado el Mandato para el futuro.
Asimismo, Inviu estará autorizado a (i) dar instrucciones a bancos, custodios y/o intermediarios en relación con los derechos de voto en las juntas generales ordinarias y/o extraordinarias, (ii) solicitar derecho de acceso a las cuentas del Cliente mediante una conexión informática o cualquier otro medio de información conveniente, aunque en ningún caso podrá solicitar el acceso para un tercero, salvo mediando consentimiento expreso del Cliente; (iii) solicitar a bancos, custodios y/o intermediarios que le transmita o que transmita a sociedades terceras datos electrónicos estructurados relativos a su cuenta; y (iv) encargar a Bancos, custodios o intermediarios la transmisión y ejecución de órdenes en nombre del Cliente.
A su vez, el Cliente acepta que Inviu pueda percibir comisiones de intermediación y retrocesiones calculadas sobre el valor de los depósitos y sobre las operaciones efectuadas en relación con las cuentas que gestiona en el Banco, así como otros beneficios no monetarios.
El Cliente tendrá a su disposición los comprobantes originados por las operaciones, movimientos de saldos y valores negociables, incluyendo los reportes periódicos exigidos por las Normas de la CNV originados en virtud del presente Mandato, mediante el acceso a su Cuenta desde la aplicación mobile, sitio web y/o correo electrónico o cualquier otro medio que Inviu ponga a disposición discrecionalmente en el futuro.
Inviu prestará los servicios bajo este Mandato de buena fe, razón por la cual, una vez otorgado, el Cliente reconoce que Inviu no puede ni podrá de forma alguna asegurar un resultado positivo en las inversiones ni garantizar el éxito de sus gestiones. En tal sentido, el Cliente conoce y acepta que las inversiones se encuentran sujetas a las condiciones imperantes en distintos mercados, con diferentes niveles de riesgo monetario, político, económico y financiero, y la respectiva inversión que decida hacerse en dichos mercados puede no resultar exitosa, por lo que el Cliente manifiesta conocer la existencia y aceptar los riesgos asociados a operaciones ejecutadas por el Agente en virtud del presente Mandato.
En ese sentido, el Cliente acuerda que Inviu no será responsable en relación con las recomendaciones u operaciones de inversión u otras acciones tomadas debido a errores de juicio, de apreciación o como consecuencia del asesoramiento que reciba, incluyendo toda acción u omisión. El Agente sólo será responsable de las consecuencias de sus acciones u omisiones de mala fe, dolosas o realizadas con culpa grave, declaradas como tal por sentencia judicial firme y definitiva.
El presente Mandato se tendrá como vigente y válido hasta tanto no sea revocado por el Cliente o se extinga por causales legales de acuerdo a la normativa vigente. El presente Mandato no se extinguirá por la declaración de insolvencia, concurso o quiebra del Cliente, salvo en cuanto se reciba orden judicial en contrario. En caso de personas jurídicas, el presente Mandato no se extinguirá por fallecimiento de los representantes legales y/o apoderados del Cliente que hayan actuado en su nombre a los efectos del presente otorgamiento, ni por la pérdida de sus derechos civiles o declaración de ausencia de éstos.
Sin perjuicio de lo anterior, el presente Mandato podrá ser revocado por el Cliente en cualquier momento. Dicha revocación deberá ser notificada a Inviu por los medios electrónicos que Inviu haya puesto a su disposición. La revocación tendrá efectos a partir del momento en el cual Inviu reciba la notificación por parte del Cliente. Aquellas operaciones realizadas hasta la recepción de la notificación y que se encuentren pendientes de liquidación serán válidas y vinculantes para el Cliente.
Por otra parte, Inviu, a su sólo criterio, podrá renunciar a su actuación como mandatario del Cliente, sin necesidad de expresión de causa y sin incurrir en responsabilidad. La renuncia tendrá efectos a partir del momento en el cual el Cliente reciba la notificación por parte de Inviu. Aquellas operaciones realizadas hasta la recepción de la notificación y que se encuentren pendientes de liquidación serán válidas y vinculantes para el Cliente.
6. Obligaciones de Inviu
Adicionalmente a las obligaciones establecidas en el artículo 16 del Título VII, Capítulo II de las Normas de la CNV, el Agente deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
- Conocer el perfil de riesgo de sus Clientes, el que contendrá los siguientes aspectos: la experiencia del Cliente en inversiones dentro del mercado de capitales, el grado de conocimiento del Cliente de los instrumentos disponibles en el mercado de capitales, el objetivo de la inversión del Cliente, la situación financiera del Cliente, el horizonte de inversión previsto por el Cliente, el porcentaje de ahorros del Cliente destinado a estas inversiones, tolerancia al riesgo del Cliente, la rentabilidad deseada y toda otra circunstancia relevante a efectos de evaluar si la inversión a efectuar es adecuada para el Cliente, siempre que sea indicada por la normativa.
- Advertir al Cliente que no revista el carácter de inversor calificado en los términos de las Normas de la CNV de los riesgos que conlleva realizar operaciones de instrumentos financieros no acordes a su perfil de riesgo. El Cliente, asimismo, declara, reconoce y acepta, los riesgos asumidos al momento de invertir. El Cliente exonera a Inviu de todo riesgo y responsabilidad, relacionado a la realización de operaciones de intermediación y al incumplimiento o insolvencia total o de los terceros emisores de los valores adquiridos. A su vez, advertir que quien sea clasificado de bajo conocimiento del mercado y baja tolerancia al riesgo no podrá invertir en derivados u otros instrumentos sofisticados y de alto riesgo, y que aquellas órdenes fuera del rango del perfil de riesgo del inversionista podrán ser rechazadas sin responsabilidad para Inviu.
- Tener a disposición del Cliente toda información que, siendo de su conocimiento y no encontrándose amparada por el deber de reserva, pudiera tener influencia directa y objetiva en la toma de decisiones. Sin perjuicio de lo anterior, la obligación mencionada no significa que Inviu deba en cualquier caso realizar investigaciones independientes o constantes, sino que se limitará a poner a disposición la información a la que acceda en su operativa habitual.
- Brindar toda la información disponible sobre el estado y evolución de su Cuenta.
- Abstenerse de cursar instrucciones sobre productos que correspondan a países no incluidos en el listado previsto en el artículo 2o, inciso b) del Decreto No 589/2013 en materia de transparencia fiscal, como así tampoco correspondan a jurisdicciones que sean consideradas como no cooperantes o de riesgo alto por el GAFI, ni ofrecer públicamente valores negociables que no cuenten con autorización de oferta pública en la República Argentina.
- Devolver a solicitud del Cliente, igual cantidad de valores negociables del mismo emisor y de la especie y clase recibidos más sus acreencias si las tuviere, pero no los mismos valores negociables, pudiendo liquidar dichos valores negociables, dentro de las 24 hs para operatoria en el mercado local.
- Evitar toda práctica contraria a las buenas costumbres del mercado y a las normas legales vigentes que pueda afectar la transparencia y/o inducir a engaño o de alguna forma viciar el consentimiento de los inversionistas en el mercado.
- Cumplir con las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la actividad, en particular, las previstas en las Normas de CNV, en las normas de los Mercados, normas de Caja de Valores, y en el Código de Conducta de Inviu.
7. Derechos del Cliente
El Cliente podrá ejercer los siguientes derechos:
- Requerir y obtener del Agente confirmación de las operaciones y/o solicitar información sobre las razones que imposibilitaron o alteraron sus instrucciones, así como cualquier información relativa a su Cuenta.
- Solicitar, por el mismo medio que la hubiere cursado, la cancelación de la orden respectiva, siempre y cuando la misma no haya sido ejecutada.
- Presentar reclamos o denuncias ante el Agente o la CNV, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Cláusula 14 de los presentes Términos y Condiciones.
- Solicitar el cierre de la Cuenta, en cualquier momento, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Cláusula 13 de los presentes Términos y Condiciones.
- Solicitar el traspaso de sus operaciones, posiciones abiertas y/o tenencias en los Mercados a la cuenta de registro y/o depositante abierta a su nombre con otro agente autorizado por las Normas de la CNV.
- Solicitar una copia de los presentes Términos y Condiciones, del código de protección al inversor del Agente y, en su caso del Reglamento o demás normas internas de los Mercados y/o Cámaras Compensadoras y/o de Caja de Valores.
- Operar con Inviu mediante instrucciones específicas o bajo mandato de administración discrecional (de corresponder), conforme las previsiones establecidas en la Cláusula 5 de los presentes Términos y Condiciones.
- Si bien, el Cliente autoriza a Inviu a administrar sus tenencias, acreencias y liquidación de operaciones a través del depósito colectivo de los valores negociables del Comitente en el depositante del Agente de Caja de Valores, el Cliente podrá administrar sus tenencias directamente en Caja de Valores.
8. Declaraciones del Cliente
- El Comitente declara conocer y asumir que la emisión de órdenes, el ejercicio del mandato de administración discrecional en los términos descrito en la Cláusula 5.2 de los presentes Términos y Condiciones (de corresponder) y el perfeccionamiento de operaciones se encuentra afectada por determinados riesgos, los cuales pueden variar de tiempo en tiempo. Algunos de tales riesgos (a modo ejemplificativo) son: (i) Riesgo de Mercado, entendido como la posibilidad de que el Cliente incurra en pérdidas asociadas a la disminución del valor de su portafolio por efecto de cambios en el precio de los instrumentos financieros en los cuales se mantienen posiciones; (ii) Riesgo de Liquidez, entendido como la contingencia de no poder cumplir de manera plena y correspondiente, debido a la insuficiencia de recursos líquidos o a la necesidad de asumir costos inusuales de fondeo, o a la necesidad de liquidar posiciones con el objeto de reducir sus faltantes; lo cual, a su vez, pueda llevar a que tales activos deban venderse a precios inferiores a los contabilizados, incurriendo en pérdidas; (iii) Riesgo de Crédito, entendido como la posible pérdida y posterior consecuencia de disminución del valor de los activos debido al incumplimiento de las obligaciones contraídas o un deterioro en la calidad crediticia con un tercero (contraparte y/o el emisor de los instrumentos financieros) ya sea por iliquidez o insolvencia; y (iv) Riesgo Operacional, entendido como la posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos.
- El Comitente declara conocer que, en el caso en que sus saldos líquidos fueran invertidos conforme lo indicado en la Cláusula 11 de los presentes Términos y Condiciones, dichas operaciones se encontrarán afectadas por los riesgos mencionados en el párrafo anterior.
- El Comitente declara conocer que, como regla general, todas las operaciones se realizarán a través de los Sistemas Informáticos de Negociación autorizados por la CNV, bajo segmentos que aseguran la prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas, y serán garantizadas por el Mercado y por la Cámara Compensadora en su caso. En forma excepcional la CNV podrá permitir a los Mercados organizar segmentos para la negociación bilateral no garantizada de valores negociables de renta fija públicos y/o privados, entre agentes de su cartera propia, o entre agentes e inversores calificados.
- El Comitente declara conocer que a fin de dar solución al incumplimiento de un agente debidamente autorizado por las Normas de la CNV, el artículo 45° de la Ley N° 26.831, y sus modificatorias, establece la creación de un Fondo de Garantía obligatorio destinado a hacer frente los compromisos no cumplidos por los agentes miembros originados en operaciones garantizadas; para ello todos los agentes debidamente autorizados por las Normas de la CNV deberán aportar al Fondo de Garantía mencionado, que será administrado por los Mercados de los que sean miembros.
- El Comitente declara conocer que será la CNV quien establecerá los supuestos que serán atendidos con el Fondo de Garantía para Reclamos de Clientes.
- El Comitente declara conocer que la liquidación de las operaciones efectuadas en Mercados que tienen el carácter de contraparte central, se encuentran garantizadas.
- El Cliente reconoce que Inviu no será responsable por las pérdidas en que incurra el Cliente a consecuencia del asesoramiento sobre inversiones ofrecido por los agentes regulados por la CNV que brinden el servicio de asesoramiento, salvo por culpa grave o dolo de éste.
- El Comitente declara que los fondos y valores utilizados para operar en Inviu provienen de actividades lícitas relacionadas con la “Actividad Principal” declarada en el Formulario y, en su caso, con el origen de fondos acreditado mediante la documentación presentada. Sin perjuicio de ello, Inviu se reserva el derecho de aceptar o rechazar a su solo criterio la recepción y custodia de determinados activos que considere pudieran provenir de fuentes ilícitas, en cumplimiento de las observaciones y reglamentos impuestos por la UIF y/o la CNV. El Cliente tendrá la obligación de proporcionar a Inviu la información y/o documentación que éste le requiera para acreditar dicho origen de fondos, autorizándolo expresamente a mantener dicha información en una base de datos en los términos requeridos por la normativa aplicable y a suministrarla a la CNV, la UIF o a cualquier otro organismo competente que así lo requiriese, de conformidad con la normativa aplicable. El Cliente se responsabiliza ante Inviu y los futuros titulares de los valores negociables por el origen de estos y será responsable de cualquier daño o perjuicio causado a Inviu.
- El Cliente reconoce y acepta que Inviu asume una obligación de medios y de que no será en ningún caso responsable ante el Cliente por pérdidas indirectas o no consecuenciales ni por lucro cesante y exonera expresamente a Inviu de toda responsabilidad por el resultado de las operaciones vinculadas a estos Términos y Condiciones, ya sea que se haya obrado con instrucciones particulares o mediante el Mandato siempre que Inviu no haya actuado con dolo o culpa grave.
- El Comitente declara conocer y aceptar que la información suministrada en función de los Servicios, se encuentra amparada por las normas vigentes sobre Protección de Datos Personales y que, ante el requerimiento de algún organismo o autoridad competente, Inviu se encuentra obligado de informar los datos que sean solicitados.
- El Comitente declara conocer y aceptar los riesgos que los distintos tipos de operaciones detalladas en las Circulares Nro. 808, referente a la Negociación de Cheques de Pago Diferido, Patrocinado y Avalado; N° 820, referente a la Negociación Directa de Cheques de Pago Diferido; y la Circular de fecha 4 de diciembre de 2019, referente a la Negociación de Pagaré Bursátil en Segmento Directo del Mercado Argentino de Valores S.A. (en adelante, el “MAV”) conllevan y, en caso de solicitar una operación de este tipo, se compromete a informar a Inviu el segmento donde se opere.
- Asimismo, el Comitente declara conocer y aceptar que ni Inviu ni el MAV asumen responsabilidad alguna respecto del crédito o solvencia de las partes.
- El Comitente declara conocer y aceptar que la relación con su Agente se regirá por (i) los presentes Términos y Condiciones (incluyendo cualquier modificación y/o actualización del mismo que se efectúe en el futuro conforme lo dispuesto en la presente Cláusula 4), (ii) las Leyes, los Reglamentos, los Avisos y demás Normas Internas dictados por los Mercados y/o Cámaras Compensadoras autorizadas, y (iii) las disposiciones legales vigentes en la materia y cualquier otra norma que las modifique, complemente o sustituya en el futuro dictadas por la CNV, la UIF u otros organismos competentes.
9. Aranceles y Comisiones
Por la utilización del Servicio, el Cliente acepta pagar a Inviu las comisiones, aranceles y demás costos establecidos en la “Tabla de Aranceles y Comisiones” publicada en la sección de Comisiones del sitio web de Inviu (“www.inviu.com.ar”), la cual forma parte integral de los presentes Términos y Condiciones. En virtud de ello, el Cliente autoriza a Inviu a debitar los montos correspondientes a cada operación del dinero disponible en su Cuenta.
Inviu podrá modificar las comisiones, los aranceles y/o los costos previstos en la Tabla de Aranceles y Comisiones previamente mencionada. Dicha modificación será debidamente comunicada al Cliente por los medios electrónicos y fehacientes que Inviu estime más conveniente para hacerlo y surtirán efecto inmediato.
10. Prohibición de Financiamiento
Inviu no podrá conceder financiamiento ni otorgar préstamos al Comitente, con excepción de:
- los contratos de Underwriting celebrados en el marco de colocaciones primarias bajo el régimen de la oferta pública; y
- los adelantos transitorios con fondos propios del Agente, a los fines de cubrir eventos de descalce en las liquidaciones de operaciones y demoras en la transferencia de fondos, y/o anticipo de operaciones ya concertadas pero no liquidadas, en la medida que se trate de operaciones realizadas en segmentos garantizados.
Se deja establecido que no se considerará como financiamiento a Clientes al saldo deudor originado por comisiones y gastos provenientes de la operatoria.
11. Saldos líquidos
Los saldos líquidos al final del día quedan a disposición del Comitente. Los mismos podrán -total o parcialmente- ser retirados por el Comitente únicamente hacia una cuenta bancaria de su misma titularidad atendiendo para ello a las normas vigentes en relación a los retiros de fondos.
Sin perjuicio de la facultad que en todo momento tiene el Cliente de solicitar el retiro (total o parcial) de sus saldos líquidos, el Cliente autoriza expresamente a que el Agente pueda realizar el retiro (total o parcial) de sus saldos líquidos, siempre y cuando dicho retiro sea realizado a una cuenta bancaria de su misma titularidad.
Inviu podrá o deberá (dependiendo de si el Cliente hubiera otorgado a favor de Inviu un mandato de administración discrecional, conforme se define en la Cláusula 5.2 de los presentes Términos y Condiciones) invertir los saldos líquidos de la Cuenta del Cliente, ya sea en pesos argentinos y/u en otra moneda, en instrumentos de bajo riesgo para administración de liquidez.
El Cliente declara conocer y aceptar que durante el período de tiempo en el que los saldos líquidos se encuentren invertidos en los términos descriptos en el párrafo anterior no podrán ser retirados por el Comitente.
12. Saldos deudores y Cauciones
En el caso de que la cuenta comitente arroje saldos deudores, tanto en pesos como en otras monedas, según lo establecido en el Título VII, Capítulo II, Artículo 11 del texto de las Normas de la CNV, el Comitente autoriza a Inviu a cobrar recargos sobre los saldos monetarios descubiertos, utilizando como referencia la tasa de caución tomadora para el plazo de 7 (siete) días (considerando comisiones, tasas y gastos) y transformada a la tasa de interés equivalente. Esta autorización también tendrá vigencia en el caso de que dichos saldos deudores se originen en gastos debitados por el Agente incluidos en la Tabla de Aranceles y Comisiones.
Sin perjuicio de esto, el Agente podrá ejecutar y cobrar en forma compulsiva activos de la cartera del Cliente deudor, hasta la concurrencia de la deuda.
Asimismo, ante el caso del Cliente que no hubiera otorgado a favor de Inviu un mandato de administración discrecional, conforme se define en la Cláusula 5.2 de los presentes Términos y Condiciones y que hubiese realizado una operación de caución y de la valuación de la garantía otorgada por dicha operación surgiera que el Cliente debiera recomponer la misma, Inviu tendrá la facultad, a su exclusivo criterio, de cubrir tales garantías (mediante la entrega de mayor cantidad de la misma especie de valores negociables entregados en garantía original o constituyendo margen) utilizando recursos propios del Cliente, ya sea saldos líquidos plenamente disponibles depositados en la Cuenta o mediante la liquidación de inversiones realizadas por el Cliente para hacerse de los recursos necesarios a tales fines.
13. Cierre de la Cuenta
El Comitente podrá en todo momento solicitar el cierre de su Cuenta notificando al Agente mediante los medios de contacto previstos en los Términos y Condiciones.
Por su parte, adicionalmente a los supuestos establecidos en la Cláusula 3 de los presentes Términos y Condiciones, Inviu podrá proceder al cierre de la Cuenta del Cliente ante la presencia de cualquiera de los siguientes supuestos:
- el incumplimiento por parte del Cliente de la normativa de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo;
- la falta de respuesta reiterada por parte del Cliente a los requerimientos realizados por Inviu en dicha materia;
- por políticas internas de Inviu y/o asuntos de índole comercial en los que Inviu crea conveniente discontinuar el vínculo con el Cliente, a criterio de Inviu; y/o
- por una orden judicial o administrativa de un órgano competente.
En todos los supuestos Inviu notificará al Cliente el cierre de su cuenta y procederá a liquidar las tenencias y/o activos a su favor en pesos argentinos y, en caso de que lo hubiera, transferirá los saldos líquidos (previo cobro de los saldos deudores) a una cuenta bancaria de su misma titularidad.
En el supuesto en que no existiese una cuenta bancaria de titularidad o cotitularidad del Cliente conocida por Inviu a fin de transferir los saldos líquidos indicados en el párrafo precedente, Inviu procederá a requerir al Cliente los datos de una cuenta bancaria de su titularidad o cotitularidad, a través de los medios de contacto habilitados para ello. Frente al silencio del Cliente por un plazo de siete (7) días corridos de notificado los saldos líquidos mencionados serán depositados y custodiados por Inviu en una cuenta residual especial por el plazo prudencial de un (1) año, por cuenta del Cliente y a plena disposición de éste. Vencido dicho plazo prudencial el Cliente conoce y acepta que los saldos líquidos no reclamados podrán ser destinados por Inviu para afrontar gastos administrativos y de mantenimiento vinculados con su operatoria por hasta un monto de pesos argentinos cinco mil ($ 5.000) o su equivalente en dólares estadounidenses, destinando el saldo remanente -en caso de que exista- a organizaciones sin fines de lucro en concepto de donación, lo que no dará lugar a reclamo alguno de parte del Cliente.
14. Reclamos y Solución de Controversias
Ante la necesidad por parte del Comitente de efectuar consultas y/o reclamos, se deberá dirigir al Responsable de Relaciones con el Público de Inviu por correo electrónico al e-mail [email protected].
En el supuesto que el Agente incurra en cualquier incumplimiento a las obligaciones emergentes de los presentes Términos y Condiciones, el Comitente podrá formular reclamos y/o denuncias ante la CNV, para lo cual podrá consultar la página www.cnv.gov.ar/sitioWeb/ProteccionInversor.
Asimismo, tanto el Cliente como Inviu acuerdan que ante la existencia de alguna diferencia de criterios en la interpretación de alguna de las cláusulas de los presentes Términos y Condiciones la misma se buscará resolver mediante la intervención de un reclamo por ante la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
15. Datos Personales
Los Datos Personales informados por el Comitente tienen el carácter de declaración jurada y son recogidos para ser incorporados y tratados en una base de datos la cual se encuentra registrada en la Agencia de Acceso a la Información Pública cuyo destinatario final es el Agente.
La Ley de Protección de los Datos Personales (Ley N° 25.326) es una norma de orden público que regula la actividad de las bases de datos que registran información de carácter personal. Su objetivo es garantizar a las personas el control del uso de sus datos personales. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley No 25.326.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la Ley No 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
El Cliente presta su expreso consentimiento para que el Agente, de conformidad con lo dispuesto por la Ley No 25.326 de Protección de Datos Personales, transfiera y ceda, aún en forma gratuita, manteniendo la confidencialidad y seguridad de los datos, a sus afiliadas, subsidiarias, controlantes, controladas y/o cualquier tercero, toda la información referente a su persona, ya sea sobre datos personales, como así sobre su actividad económica u operaciones que se hubieran concertado o que se concerten en el futuro, con el objeto de que dicha información sea utilizada con fines estadísticos, comerciales, de control y/o de calificación crediticia.
16. Plazo y rescisión
La duración de los Servicios junto con los presentes Términos y Condiciones que lo rigen es indefinida, pudiendo cualquiera de las partes, en cualquier momento, sin expresión de causa, sin responsabilidad y con efecto inmediato, dejarlo sin efecto. No obstante, dicha terminación no afectará las transacciones iniciadas con anterioridad a la misma y el cobro de los honorarios correspondientes.
Lo anterior es sin perjuicio del resto de los supuestos de terminación previstos en los presentes Términos y Condiciones.
17. Responsabilidad por el Acceso y Uso al Servicio
Inviu no garantiza el acceso y uso continuado o ininterrumpido de las soluciones de tecnología que ofrece para brindar el Servicio (aplicación móvil o sitio web). Las mencionadas soluciones de tecnología pueden eventualmente no estar disponibles debido a dificultades técnicas, fallas de Internet o por cualquier otra circunstancia ajena a Inviu.
En ese sentido, el Cliente declara y acepta que la realización de operaciones, transacciones, consultas, instrucciones a través de la aplicación móvil o sitio web pueden fallar y/o conllevar riesgos inherentes y/o asociados ajenos a Inviu, razón por la cual, el Cliente asume dichos riesgos y exime a Inviu de toda responsabilidad relacionada con la utilización de los mismos en el cumplimiento de los presentes Términos y Condiciones, salvo que dicha circunstancia se deba a culpa grave o dolo en el incumplimiento de los deberes de debida diligencia de Inviu.
18. Misceláneas
- Tributos. Los tributos de toda clase (y toda otra prestación pecuniaria de carácter legal) presentes o futuros, que se aplicarán a los haberes y activos del Cliente, serán cargados a los titulares de las Cuentas, aún si su pago fuera exigido después del cierre de la cuenta. Todos los tributos o prestaciones pecuniarias de origen legal que admitan traslado se entienden trasladados y se trasladarán al Cliente a la tasa aplicable conforme a la normativa vigente siendo, por ende de costo y cargo del Cliente, quedando Inviu facultado a debitar el importe de los mismos de cualquier cuenta o inversión del Cliente. Asimismo, son de cargo del Cliente aquellos tributos o prestaciones pecuniarias que lo tengan como contribuyente e Inviu sea responsable tributario bajo cualquier tipo de responsabilidad como ser retención, sustitución, solidaridad, responsable de obligaciones tributarias de terceros, etc. En estos casos Inviu tendrá derecho de retención, deducción, repetición y resarcimiento íntegro.
- Cesión de Derechos.Inviu podrá ceder a cualquier tercero o parte vinculada, total o parcialmente, los derechos y obligaciones emergentes de su relación contractual con el Cliente. El Cliente no podrá ceder sus derechos y obligaciones sin el previo consentimiento de Inviu.
- Integridad del Contrato.Si se determina que cualquier disposición de los Términos y Condiciones, no es válida o exigible en todo o en parte, dicha invalidez o inexigibilidad afectará solamente a dicha disposición y las restantes disposiciones mantendrán plena vigencia y efecto. Si se promulga, modifica o enmienda cualquier legislación aplicable y dicha situación resulta en la invalidez total o parcial de cualquier término de los presentes Términos y Condiciones, se considerará que dicho término ha sido modificado o sustituido en la estricta medida de lo necesario para cumplir las disposiciones de la legislación aplicable.
- Mora.Queda establecida la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, respecto de las obligaciones del Cliente para con Inviu, corriendo desde ese momento los intereses de mora que se calcularán a la tasa máxima legalmente establecida o una menor a juicio de Inviu.
- Omisiones o retardos de Inviu. Ningún acto, hecho, acción, omisión o retardo en que incurriera Inviu respecto del ejercicio de los derechos que le corresponden podrá interpretarse como una limitación, renuncia o perjuicio respecto de dichos derechos.
19. Anexos
Además de estos Términos y Condiciones la relación se regirá por los siguientes Anexos:
- La Política de Privacidad
- El Código de Conducta
- La Tabla de Aranceles y Comisiones